← Volver a la página principal

Las leyes se cumplen, siempre

16/10/2026 Opinión
Las leyes se cumplen, siempre

En septiembre de 2026 un docente auxiliar universitario de primera con dedicación simple (9 horas semanales) y 10 años de antigüedad percibió un salario de $ 421.236, según datos de la Federación Nacional de Docentes Universitarios (Conadu). Esto implica una caída del 24,2% con respecto a noviembre de 2023. Para cumplir con la Ley de Financiamiento el salario debería aumentar un 32% extra, hasta alcanzar los $556.000.

En agosto de 2025, el Senado sancionó en forma definitiva la Ley de Financiamiento Universitario que, entre otras cosas, establecía una actualización del presupuesto para el funcionamiento de las universidades y de los salarios docentes, según la inflación acumulada desde fines del año 2023. En septiembre de ese año el presidente Javier Milei vetó la ley argumentando que no se incluyeron las fuentes de financiamiento para los aumentos proyectados en la norma.

Pese a que el Congreso rechazó el veto, el Ejecutivo dictó un decreto de promulgación que suspendía la ejecución de la ley hasta que el se indicaran las fuentes de financiamiento. Frente a esta decisión, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal No 11 dictó la inconstitucionalidad del decreto, medida que fue apelada por el Gobierno.

Mientras se resuelve la cuestión de fondo, la Justicia dictó una medida cautelar para que se cumpla con 2 artículos de la ley (relacionados al salario docente y las becas estudiantiles), decisión que fue ratificada por la Corte Suprema. Ante el incumplimiento de la cautelar, el juez federal Martín Cormick le aplicó una multa diaria de $ 100 mil al jefe de Gabinete, Diego Santilli.

En este marco, hoy, 15 de octubre de 2026, se llevó a cabo la Quinta Marcha Federal Universitaria donde, mientras los manifestantes defendían su derecho legítimo de acceso a la educación pública, efectivos de Gendarmería Nacional, la Policía Federal y la Policía de la Ciudad reprimieron con balas de goma, camiones hidrantes y gases lacrimógenos. Sin embargo, el zócalo de TN decía “manifestantes rompen las veredas”.

El SAME informó que, en el lugar, se asistió a un hombre que no requirió traslado hospitalario y a dos mujeres adultas. Una de ellas, de 57 años, presentó un cuadro compatible con un posible ACV y fue derivada de urgencia al Hospital Ramos Mejía. La segunda mujer, con dificultad respiratoria, fue atendida en la zona y se dispuso el envío de una ambulancia para su control y eventual traslado. Además, trabajadores de prensa denunciaron agresiones mientras cubrían los acontecimientos. Entre los afectados hubo fotógrafos que recibieron impactos de balas de goma mientras realizaban su labor periodística.

Por otro lado, el jefe de Gobierno Jorge Macri afirmó: “Quieren instalar la barbarie. Son delincuentes y zurdos infiltrados que no les interesa la educación. Vamos a seguir defendiendo nuestra ciudad. Los vamos a atrapar y van a pagar por sus actos”. Clarín relató la represión diciendo “Un grupo de encapuchados provocó incidentes frente al vallado de Gendarmería Nacional. Según informaron fuentes oficiales, los disturbios dejaron hasta el momento un saldo de cinco policías heridos”. La Nación e Infobae publicaron el mensaje de la ministra Monteoliva: “Los mismos violentos de siempre. Quieren imponer el caos, desafiar a las Fuerzas de Seguridad y convertir las calles en una zona liberada. El derecho a manifestarse no es un permiso para ejercer la violencia”.

Sería ingenuo pensar que es la primera vez que los medios cubren manifestaciones populares de esta manera, pero nunca está demás remarcar y exponer como los principales canales tradicionales encubren y buscan legitimar el accionar inconstitucional del poder ejecutivo.

Como decía la consigna de la marcha, “La ley se cumple, siempre”. Lamentablemente, la ley de financiamiento universitario no es la única que el gobierno está incumpliendo.

Las disposiciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adquirieron jerarquía constitucional a partir de la reforma de 1994. El derecho a la protesta se apoya en un conjunto de derechos interdependientes: la libertad de pensamiento y de expresión (art. 13 CADH), el derecho de reunión pacífica y sin armas (art. 15), la libertad de asociación (art. 16), los derechos políticos (art. 23) y, según el contenido del reclamo, los derechos sindicales y los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

El informe establece que el derecho a la protesta debe ser considerado la regla general, y sus limitaciones, la excepción: Cuando es el Poder Ejecutivo el que define qué modalidades de protesta son admisibles y habilita a las fuerzas de seguridad a intervenir, se produce una delegación de facto en la policía de la decisión sobre el alcance de un derecho fundamental.

El informe dedica un pasaje especialmente importante a la tensión entre la protesta y otros derechos, en particular la libre circulación. El Estado debe tolerar un cierto grado de molestia como precio razonable de la deliberación democrática, por ende, el corte de una calle no transforma, por sí solo, una protesta pacífica en un hecho ilícito ni autoriza su dispersión.

El capítulo IV parte de que el Estado no cumple con su deber limitándose a no reprimir, sino que debe adoptar medidas positivas para la protesta y debe organizar a sus fuerzas de seguridad para que su eventual intervención se ajuste a los derechos humanos. El uso de la fuerza en contextos de protesta debe respetar los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad, y regirse por una lógica de gradualidad.

Para la Comisión, la cobertura mediática de protestas cumple una doble función: informa a la sociedad sobre un hecho de interés público y, al mismo tiempo, opera como mecanismo de control sobre la actuación estatal. Por eso el sistema interamericano exige que los periodistas puedan registrar libremente lo que sucede, que no sean detenidos, agredidos ni hostigados por hacerlo, y que su material y sus equipos no sean confiscados ni destruidos.

Como Argentina está suscripta a la CIDH, el gobierno está obligado a cumplir con sus disposiciones y obligaciones. Es evidente que esto no sucedió durante esta jornada, lo cual, lamentablemente otra vez, tampoco constituye un hecho aislado.

Todo esto lleva a preguntarse, ¿Qué pasa cuando un gobierno no cumple con una ley legítimamente constituída, promulgada y ratificada por dos de los tres poderes del sistema republicano al cual la Argentina adopta en el artículo 1 de la Constitución Nacional? ¿Qué pasa con los derechos humanos cuando el derecho a protestar es vulnerado reiteradamente por el poder ejecutivo? ¿Qué pasa con la democracia?

Como nota al pie, pero no por eso menos importante, el Gobierno logró su objetivo de no dar quorum en la sesión en la Cámara de Diputados que se proponía tratar el DNU 70/23 gracias a negociaciones de última hora con sus aliados y gobernadores que colaboraron con el oficialismo.

Julieta Paggi

Fuentes:

https://www.pagina12.com.ar/2026/10/15/asi-fue-la-represion-en-congreso-la-policia-reprimio-la-marcha-federal-universitaria/

https://diarioelnorte.com.ar/incidentes-y-represion-en-la-marcha-federal-universitaria/

https://www.revistaelabasto.com.ar/congreso-incidentes-represion-heridos-detenidos-y-cortes-en-balvanera-en-la-marcha-universitaria/

https://www.laizquierdadiario.cl/La-feroz-campana-de-los-medios-para-encubrir-al-Gobierno-y-tratar-de-legitimar-la-represion

https://chequeado.com/el-explicador/marcha-federal-universitaria-del-15-de-octubre-de-2026-el-gasto-cayo-253-desde-2023-y-los-salarios-un-242/

https://www.oas.org/es/cidh/expresion/publicaciones/protestayderechoshumanos.pdf